COMPETENCIA DESLEAL: PROTECCIÓN DE LA EMPRESA
La competencia desleal se produce entre empresarios que operan en el mismo mercado ofreciendo bienes o servicios similares, cuando concurren las condiciones del artículo 2598 del Código Civil italiano. Sin perjuicio de la protección de los signos distintivos y las patentes, este artículo considera desleal el uso de nombres o signos legítimamente utilizados por un competidor, la imitación de sus productos y cualquier otro acto apto para crear confusión con ellos.
Studio Legale Massa presta asistencia técnico-jurídica extrajudicial y judicial contra la competencia desleal y la ciberocupación, es decir, la apropiación de nombres de dominio correspondientes a marcas ajenas con el fin de obtener un beneficio económico ilícito.
Cómo te ayuda Studio Legale Massa
Diligencias de descripción y medidas urgentes
Solicitamos diligencias de descripción y medidas de cesación conforme al artículo 669-bis del Código de Procedimiento Civil italiano ante el tribunal de empresas competente, para detener la producción o distribución ilícita.
Acción de indemnización por daños
Cuantificamos el daño emergente y el lucro cesante y reclamamos la reparación económica de los perjuicios, incluida la restitución de beneficios obtenidos indebidamente por el competidor.
Aspectos penales
Los actos más graves pueden constituir delitos de falsificación de marcas y signos distintivos (artículos 473-474 del Código Penal italiano), castigados con prisión y multa según la conducta y las circunstancias.
Protección jurídica frente a actos de competencia desleal
Prestamos asistencia jurídica cualificada cuando tu empresa es víctima de conductas desleales de competidores o antiguos colaboradores: desvío de clientela, empleados desleales, imitación servil de productos o servicios, difusión de información falsa o denigratoria, apropiación de méritos o reputación y vulneración de la buena práctica profesional.
Estos actos son especialmente graves cuando pretenden sustraer secretos empresariales o elementos estratégicos de la empresa, perjudicando su competitividad. Una conducta puede considerarse desleal incluso sin dolo ni culpa, si causa un daño efectivo o potencial al competidor.
Nuestra intervención busca proteger la integridad y la reputación de la empresa, previniendo o combatiendo las distorsiones de la competencia, conforme al Código italiano del Consumo y bajo la supervisión de la Autoridad de Defensa de la Competencia.
Actuar con rapidez es esencial para limitar o eliminar los efectos perjudiciales.
Observatorio jurídico
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Noticia institucionalFuentes consultadas el 5 de noviembre de 2026. Consulta las fuentes institucionales
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